La responsabilidad primordial del Consejo de Seguridad, es la de mantener la paz y la seguridad internacionales procediendo de acuerdo con los Propósitos y Principios de las Naciones Unidas. Se compondrá de QUINCE MIEMBROS (cada uno tendrá un representante): La República de China, Francia, la Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y los Estados Unidos de Ámerica, serán miembros permanentes del Consejo de Seguridad. La Asamblea General eligirá otros diez Miembros de las Naciones Unidas que serán miembros no permanentes del Consejo de Seguridad, prestando especial atención, en primer término, a la contribución de los Miembros de las Naciones Unidas al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y a los demás propósitos de la Organización, como también a una distribución geográfica equitativa.
Los miembros no permanentes del Consejo de Seguridad serán elegidos por un periodo de dos años. Los miembros salientes no serán reelegibles para el periodo subsiguiente.
A fin de promover el establecimiento y mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, el Consejo de Seguridad tendrá a su cargo, con la ayuda del Comité de Estado Mayor, la elaboración de planes para el establecimiento de un sistema de regulación de los armamentos.
Sistema de votación:
Cada Miembro del Consejo tiene un voto y las decisiones se toman por voto afirmativo de por lo menos nueve de los quince miembros. Cuando se trata de cuestiones de fondo se requiere que además de los nueve votos afirmativos no exista ningún voto de los cinco miembros permanentes en contra. Esta es la regla de la unanimidad de las grandes potencias, conocida más comúnmente como "derecho de veto". En esta situación, si uno de los miembros permanentes no está de acuerdo con una decisión puede emitir un voto negativo, "vetando" o bloqueando dicha decisión. Cualquier miembro de las Naciones Unidas que no formen parte del Consejo podrá participar sin derecho a voto en la discusión de toda cuestión llevada ante el Consejo de Seguridad cuando éste considere que los intereses de ese Miembro están afectados de manera especial.
La cuestión del derecho de veto en el Consejo de Seguridad, es una práctica que vulnera la democracia interior de este órgano.
ResponderEliminarEstados Unidos ha ejercido el derecho a veto en innumerables ocasiones contra proyectos de resoluciones condenatorias de Israel. En diciembre de 2002, por ejemplo, EE.UU. bloqueó un proyecto de resolución condenando la acción de las fuerzas israelíes, que habían destruido un depósito en Cisjordania y matado empleados de la ONU.
Además, ¿pueden denominarse en la actualidad, a los cinco miembros permanentes del Consejo, los “cinco guardianes de la paz” como lo hacia Roosevelt?
¿Porqué cuando se trata de cuestiones de fondo se requiere que además de los nueve votos afirmativos no exista ningún voto de los cinco miembros permanentes en contra?. Me parece injusto que si uno de los miembros permanentes no está de acuerdo con una decisión pueda bloquearla. Yo me pregunto: ¿Uno es más que todos los demás? ¿Se debería permitir esto?
ResponderEliminarLa integración del Consejo de Seguridad no refleja la situación geopolítica actual, es decir, debería estar integrado por mas miembros de África, América Latina y Asia.
ResponderEliminarEs importante señalar que las contribuciones obligatorias no siempre son satisfechas por los países y conforme al artículo 19 de la Carta de las Naciones Unidas se le puede quitar el derecho al voto en la Asamblea General al Estado Miembro cuyos atrasos de pago igualen o superen la cantidad que debiera haber contribuido en los dos años anteriores. Esta falta de cumplimiento de las obligaciones por parte de los Estados miembros genera graves problemas financieros que repercuten en la eficacia del Organismo Internacional.
Por la desaparición del Consejo de Seguridad. Es antidemocrático y ha quedado obsoleto. La ONU promueve la igualdad: pues que se la aplique.
ResponderEliminar