El órgano judicial principal de la ONU, del cual todos los miembros de las Naciones Unidas son partes en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia (artículo 93). Quizás el punto más polémico sea que si una de las partes en un litigio no cumple las obligaciones que le imponga un fallo de la Corte, la otra parte podrá recurrir al Consejo de Seguridad, el cual podrá, si lo cree necesario, hacer recomendaciones o dictar medidas con el objeto de que se lleve a efecto la ejecución del fallo. Por tanto el Consejo de Seguridad actúa como un órgano importante en la justicia de la ONU.
La Asamblea General también podrá solicitar de la corte una opinión consultiva sobre cualquier cuestión jurídica. La asamblea como vemos va a tener un gran peso en la justicia de la ONU ya que tal y como se afirma en el artículo 96, los demás órganos necesitarán la autorización de la Asamble para solicitar a esta corte las opiniones consultivas dentro de la esfera de sus actividades.
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